QUE ES?
La función de la Agencia es contribuir con la organización del mercado laboral ayudando a las personas a encontrar un empleo conveniente, y a los empleadores a contratar trabajadores acordes a las necesidades de las empresas. Estos servicios serán totalmente GRATUITOS y con estándares de calidad que satisfagan las necesidades de los usuarios.
La Agencia de Empleo COMFABOY, hace parte de la red de prestadores del servicio de empleo, como estrategia del Ministerio del Trabajo, la cual tiene el propósito de lograr el encuentro entre la oferta y la demanda laboral de manera transparente, ágil y eficiente.
Servicios gratuitos para buscadores
La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo COMFABOY ofrece de forma gratuita:
La Agencia de Empleo COMFABOY, hace parte de la red de prestadores del servicio de empleo, como estrategia del Ministerio del Trabajo, la cual tiene el propósito de lograr el encuentro entre la oferta y la demanda laboral de manera transparente, ágil y eficiente.
Servicios gratuitos para buscadores
La Agencia de Gestión y Colocación de Empleo COMFABOY ofrece de forma gratuita:
- Registro de hoja de vida
- Posibilidad de aplicar a diferentes vacantes de acuerdo al perfil
- Orientación ocupacional y análisis de competencias, habilidades y necesidades para facilitar su vinculación laboral
- Formación y capacitación para el trabajo
REGISTRE SU EMPRESA Y SUS VACANTES
El Servicio Público de Empleo es una iniciativa del Gobierno Nacional que funciona desde el 1° de mayo de 2013 y es creado por la Ley 1636 de 2013 y el Decreto 2852 de 2013, cuya función esencial es lograr la mejor organización del mercado de trabajo facilitando el encuentro entre oferta y demanda laboral, ayudando a los trabajadores a encontrar un empleo adecuado a su perfil y a los empleadores del país a contratar trabajadores apropiados a sus necesidades.
Para facilitar y apoyar a los empresarios y empleadores del país en la búsqueda acertada de perfiles para sus vacantes que contribuye al aumento de la productividad - competitividad y la consecución de sus trabajadores en un menor tiempo y sin costo alguno, el Ministerio del Trabajo expidió la resolución 2605 del 25 de junio de 2014, que establece que “Todos los empleadores están obligados a registrar sus vacantes a partir del 1° de julio del 2014 en el Sistema de Información del Servicio Público de Empleo a través de cualquier Prestador Autorizado”.
En virtud de esta disposición legal, el Servicio Público de Empleo a través de los diferentes Prestadores de Servicio Autorizados, le brinda a los empleadores servicios de orientación, preselección y remisión del talento humano que necesita su empresa, así como:
Tenga presente que la obligación de registrar sus vacantes, no interfiere en su autonomía en la selección de talento humano para su empresa, pero sí le permitirá contar con varias opciones al tener diversidad de ofertas disponibles en el Servicio Público de Empleo
Para facilitar y apoyar a los empresarios y empleadores del país en la búsqueda acertada de perfiles para sus vacantes que contribuye al aumento de la productividad - competitividad y la consecución de sus trabajadores en un menor tiempo y sin costo alguno, el Ministerio del Trabajo expidió la resolución 2605 del 25 de junio de 2014, que establece que “Todos los empleadores están obligados a registrar sus vacantes a partir del 1° de julio del 2014 en el Sistema de Información del Servicio Público de Empleo a través de cualquier Prestador Autorizado”.
En virtud de esta disposición legal, el Servicio Público de Empleo a través de los diferentes Prestadores de Servicio Autorizados, le brinda a los empleadores servicios de orientación, preselección y remisión del talento humano que necesita su empresa, así como:
- Atención personalizada para acceder a los servicios del Servicio Público de Empleo.
- Registro del empleador a la plataforma con el fin de acceder a los servicios del SPE
- Orientación para una mejor definición de necesidades de Personal y posterior publicación de sus vacantes
- Preselección de los candidatos idóneos, lo que permite la reducción de costos y tiempos de contratación para el empleador
- Asesoría en otros temas relacionados con la gestión del talento humano
- Para registrar su empresa y su vacante y así tener una búsqueda exitosa y encontrar los perfiles adecuados a sus necesidades lo invitamos a registrarse dando clic en el siguiente botón:
Tenga presente que la obligación de registrar sus vacantes, no interfiere en su autonomía en la selección de talento humano para su empresa, pero sí le permitirá contar con varias opciones al tener diversidad de ofertas disponibles en el Servicio Público de Empleo
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL SERVICIO DE LA AGENCIA DE EMPLEO COMFABOY?
Las empresas que requieran personal; la población en condición de desempleo; las personas que desean cambiar de empleo, las personas que desean ingresar al mundo laboral activo.
SERVICIOS QUE OFRECE LA AGENCIA DE EMPLEO
- Registro de buscadores de empleo: Inscripción de las Hojas de Vida de las personas que buscan empleo con la asistencia de un facilitador.
- Registro para Empresas: Se realiza acompañamiento en la Gestión Empresarial para la publicación y asesoría para la búsqueda efectiva de trabajadores de acuerdo a las necesidades de la empresa.
- Orientación a buscadores de empleo: Asesoría ocupacional de acuerdo con las necesidades de la empresa
- Preselección: Se realiza un análisis de las hojas de vida, junto con sus características y condiciones para cubrir el perfil de la vacante solicitada por la empresa.
- Remisión: Envío al empleador con la información de las personas preseleccionadas que cumplen con los perfiles solicitados
- Orientación para la asignación al seguro al desempleo: Es un seguro que garantiza la protección social de los trabajadores en caso de quedar desempleados, el beneficio consiste en dar continuidad en el pago de salud, pensión y cuota monetaria de Subsidio Familiar por un periodo de 6 meses a aquellos trabajadores que realizaron aportes a las Cajas de Compensación Familiar por lo menos (1) un año continuo o discontinuo en los últimos (3) tres años, en el caso de ser dependiente y por lo menos (2) dos años continuos o discontinuos en los últimos (3) años en caso de ser independiente. Estos aportes se realizan sobre un (1) S.M.L.M.V.
- Para acceder a estos servicios básicos lo único que el buscador de empleo necesita es su documento de identificación, no se requiere efectuar ningún pago, tampoco se requiere ningún tipo de exámenes o similares
CONDICIONES Y REQUISITOS:
Para los buscadores de empleo:
La agencia de Empleo Comfaboy, brinda toda la asesoría necesaria para que registre la información requerida en el aplicativo www.redempleo.gov.co, para la publicación de las vacantes a cubrir.
Como empresario registrado en la Agencia de Empleo COMFABOY, contará con una clave de usuario exclusiva con el propósito de facilitar su proceso de inscripción de vacantes permanentemente.
Para realizar el cierre adecuado del proceso o actualizar los indicadores, es necesario que los empresarios informen de las vacantes cubiertas.
Es necesario conocer y aceptar el Reglamento de Prestación de Servicios de la Agencia de Empleo Comfaboy.
- Presentarse en la Agencia de Empleo con su documento de identidad
- asistir puntualmente a la entrevista y a la capacitación (si incumple la Agencia no podrá realizar un adecuado proceso y no será REMITIDO a ninguna empresa.)
- Diligenciar completamente la hoja de vida en la plataformawww.redempleo.gov.co (la veracidad de los datos suministrados respaldan el proceso de consecución de empleo).
- Es necesario conocer y aceptar el Reglamento de prestación de Servicios de la Agencia
La agencia de Empleo Comfaboy, brinda toda la asesoría necesaria para que registre la información requerida en el aplicativo www.redempleo.gov.co, para la publicación de las vacantes a cubrir.
Como empresario registrado en la Agencia de Empleo COMFABOY, contará con una clave de usuario exclusiva con el propósito de facilitar su proceso de inscripción de vacantes permanentemente.
Para realizar el cierre adecuado del proceso o actualizar los indicadores, es necesario que los empresarios informen de las vacantes cubiertas.
Es necesario conocer y aceptar el Reglamento de Prestación de Servicios de la Agencia de Empleo Comfaboy.
SEDE DE LA AGENCIA Y HORARIO DE ATENCIÓN:
Los servicios se prestan en la carrera 10 N° 16-81, en el Centro Integral de Servicios COMFABOY Tunja. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.
El teléfono de contacto es 744 1515
Ext. 1464 - 1472 Cel. 3203455173
Correo electrónico
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