Desde el pasado 27 de Junio de 2014 entró en vigencia la movilidad entre regímenes contributivo y subsidiado, es decir, los usuarios que pertenezcan al Régimen Subsidiado que se encuentren inscritos en el Sisbén I y II o pertenezcan a poblaciones especiales y desplazados o afiliados a COMFABOY EPSS, que adquieran un contrato laboral, ya pueden solicitar el derecho a la Movilidad hacia el Régimen Contributivo con su núcleo familiar sin cambiar de EPSS, recibiendo los beneficios del régimen contributivo como lo son el reconocimiento y pago de prestaciones económicas como Incapacidades, licencias de maternidad y paternidad así como acceder a una pensión a través del Sistema Pensional del Sistema de Seguridad Social en Salud, de acuerdo con las normas vigentes; cuando pierdan su condición de cotizantes por diversas razones como la pérdida de empleo o disminución en la capacidad de pago podrán continuar con COMFABOY EPSS en el régimen subsidiado, sin que esto afecte la continuidad de la prestación de servicios de Salud ni interrupción de la afiliación.
