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Convocatoria Asamblea General Ordinaria de Afiliados 2025












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Fecha: 31/03/2025


CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE BOYACA "COMFABOY"

RESOLUCIÓN COSEJO DIRECTIVO No. 108 (27 marzo 2025)


CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS 2025

 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE BOYACA "COMFABOY

  En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo décimo octavo y el numeral once del artículo trigésimo noveno de los estatutos vigentes de la Corporación, convoca a los empleadores afiliados a la CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE BOYACA a la Asamblea General Ordinaria de Afiliados que se realizará el próximo quince (15) de abril de dos mil veinticinco (2025), bajo las siguientes condiciones:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar a los afiliados a la Caja de Compensación Familiar de Boyacá “Comfaboy”,  a la Asamblea General Ordinaria de Afiliados que se realizará el día quince  (15) de abril de dos mil veinticinco (2025), a las dos de la tarde (2 PM) de manera no presencial (virtual), en aplicación a lo dispuesto en el artículo vigésimo de los estatutos vigentes  que establece: “la Asamblea General se reunirá en la ciudad de Tunja Departamento de Boyacá, de manera presencial, mixta, no presencial o virtual utilizando un medio que garantice la participación de los afiliados”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. -  El orden del Día para la Asamblea General Ordinaria es el siguiente:

 

  1. Himno Nacional.
  2. Verificación del Quórum.
  3. Instalación de la Asamblea.
  4. Lectura, consideración y aprobación del Orden del Día.
  5. Informe de la Comisión designada para la aprobación del acta anterior.
  6. Nombramiento de comisión para aprobación del acta de la Asamblea en curso.
  7. Informe del Consejo Directivo.
  8. Informe del Director Administrativo.
  9. Informe del Revisor Fiscal.
  10. Presentación, consideración, y aprobación del balance general y estados financieros a 31 de diciembre de 2024.
  11. Elección de consejeros representantes de los empleadores para el periodo estatutario de cuatro (4) años.
  12. Determinación de la cuantía hasta por la cual puede contratar el Director Administrativo sin autorización del Consejo Directivo
  13. Fijación de los honorarios y/o viáticos para los Consejeros por asistencia a sesión de Consejo Directivo.
  14. Proposiciones y varios.

 

ARTÍCULO TERCERO.-  En Cumplimiento de las normas y demás disposiciones emanadas de la Superintendencia del Subsidio Familiar, se informa a los afiliados que:

 

1.- Los Estados Financieros, libros y demás documentos relacionados con la presente Asamblea, están a disposición de los Afiliados para su inspección, durante los diez (10) días hábiles anteriores a la reunión, en la Sede Principal de la Corporación, ubicada en la Carrera 10 No. 16-81 Piso 3 de la ciudad de Tunja, en días y horas laborales. Los estados Financieros se publicarán en la página WEB de Comfaboy. www.comfaboy.com.co

2.- Los miembros integrantes del Consejo Directivo Principales y Suplentes, el Revisor Fiscal Principal y Suplente de la Corporación y demás Trabajadores de COMFABOY están inhabilitados para llevar la representación de Miembros Afiliados en las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias.

3. A los trabajadores o empleados de COMFABOY, les está prohibido intervenir o participar en el proceso de recolección de poderes o direccionamiento para la elección de candidatos a los órganos de dirección y control.

4.- La Secretaría General de la Entidad, elaborará los listados de afiliados hábiles que pueden participar en Asamblea, y los fijará en lugares visibles de las diferentes sedes de la Caja y los publicará en la página WEB de COMFABOY (www.comfaboy.com.co).

 

ARTÍCULO CUARTO. - La Asamblea General de afiliados de COMFABOY estará conformada por la reunión de los empleadores afiliados hábiles o sus representantes, acreditados en la forma y condiciones señaladas en la ley y los Estatutos de la Corporación. Para efectos de la Asamblea General, son empleadores afiliados hábiles aquellos que al momento de la celebración de la Asamblea, se hallen en pleno goce de los derechos que su calidad les otorga, de conformidad con la Ley y los Estatutos y se encuentren a paz y salvo con ésta por todo concepto en relación con las obligaciones exigibles, las cuales deben ser canceladas a más tardar el catorce (14) de abril de 2025 a las dos de la tarde (2:00 PM), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.7.1.2.18 del Decreto Reglamentario 1072 de 2015 y articulo décimo noveno (19) de los estatutos de la Corporación.

 

ARTÍCULO QUINTO. -  En la presente convocatoria se deberán observar las siguientes reglas:

 

1.            La presente convocatoria se dará a conocer mediante un (1) aviso en un periódico de amplia circulación en el Departamento de Boyacá, correo electrónico del afiliado y pagina web de COMFABOY, suscrita por quien la convoque.

2.            Podrán participar en la Asamblea General Ordinaria, los empleadores que hayan sido aceptados por el Consejo Directivo o por el Director Administrativo si le fuere delegada tal facultad, previa solicitud, hayan realizado el primer pago y cumplan con las obligaciones legales, estatutarias o reglamentarias según lo dispuesto en los artículos séptimo, noveno y décimo quinto de los estatutos. Ningún afiliado podrá tener voz y voto, elegir y ser elegido en las reuniones de la Asamblea General, sin que se encuentre a paz y salvo con esta CORPORACION por todo concepto, a más tardar veinticuatro (24) horas antes de la señalada para la iniciación de la respectiva asamblea.

3.            En concordancia con el artículo 15 del Decreto 2351 de 1965, las afiliaciones múltiples de una sola Empresa que constituye unidad de explotación económica, bajo la apariencia de varias unidades dependientes económicamente, formarán una sola persona natural o jurídica, para efectos de su representación y voto en la Asamblea General de Afiliados a la Caja de Compensación Familiar de Boyacá, COMFABOY.

4.            Los miembros afiliados asistentes a las reuniones de la asamblea podrán llevar hasta diez (10) representaciones, sin exceder los parámetros establecidos en el artículo 9 del decreto 2463 de 1981; los directivos apoderados de las empresas solo llevarán su propia representación. El poder será válido únicamente, si es otorgado a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria.

5.            En concordancia con el Artículo Vigésimo Segundo de los Estatutos de la Corporación, los empleadores afiliados hábiles pueden participar en las Asambleas a través de su Representante Legal de acuerdo con la ley o hacerse representar mediante poder otorgado por éste, a un Directivo de su empresa que ocupe un cargo de Dirección, manejo y confianza, condición que debe acreditarse debidamente y quien no podrá sustituir dicho poder ni representar a otros afiliados hábiles. El poder debe ser escrito, legalmente otorgado y presentado personalmente ante la Secretaria General de COMFABOY o ante los trabajadores que esta última delegue en cada una de las sedes administrativas. En caso de no ser posible la presentación personal del PODER por el representante legal de la empresa afiliada, se hará su presentación o autenticación ante autoridad competente y deberá inscribirse dentro de los términos establecidos en esta convocatoria en las diferentes sedes de la Caja desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria  es decir desde el primero (01) y hasta el catorce (14) de abril de dos mil veinticinco (2025) a las dos (2:00 PM). El poder, debe reunir los siguientes requisitos:

a.            Otorgarse a una persona directivo de su empresa que ocupe un cargo de dirección, manejo      y confianza, condición que debe acreditarse debidamente, o a otro miembro afiliado hábil.

b.            Debe indicarse el nombre y cédula del apoderado.

c.            Indicar la fecha de la reunión para la cual se confiere el poder.

d.            La firma.

e.            La aceptación y firma del apoderado.

f.             Fecha de expedición del poder, que debe ser a partir de la publicación de la presente convocatoria.

Para su comodidad y poder cumplir con todos los requisitos, el poder de su empresa lo puede descargar de la página Web de Comfaboy www.comfaboy.com.co, sin embargo, se recibirá en cualquier formato siempre y cuando cumpla con los requisitos legales, estatutarios y lo señalado en la presente convocatoria.

6.            Los representantes legales pueden sustituir sus poderes, por una sola vez en otro empleador afiliado, siempre y cuando se les haya concedido expresamente en el poder la facultad de sustituirlo. La sustitución en todo caso debe constar por escrito igualmente presentado ante autoridad competente.

7.            Cuando aparecieren dos o más poderes otorgados por un mismo afiliado, valdrá aquel de la última fecha de otorgamiento y los anteriores se entenderán revocados.

8.            Tanto los afiliados como los representantes apoderados deberán inscribirse en la Secretaría General o ante los trabajadores delegados para tal efecto, que ésta última delegue, en el domicilio principal de la Corporación o en las ciudades donde exista sede administrativa con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas a la celebración de la Asamblea y desde el primero de abril de 2025. Quien no lo hiciere en este plazo perderá el derecho a participar en la Asamblea. Deberá suministrar con la inscripción el número telefónico y correo electrónico con el fin de enviarle el usuario y la clave de acceso para participar en la Asamblea, las cuales serán personales e intransferibles.

9.            El afiliado empleador podrá participar en la Asamblea si lo hace personalmente sin sujeción al plazo contemplado. Debiendo previamente realizar el registro personalmente en cualquiera de las sedes relacionadas en esta convocatoria.

10.         Para efectos de constatar que los poderes recibidos en la Secretaría General de COMFABOY  o en las sedes administrativas han cumplido con todos los requisitos, el revisor fiscal de la Corporación al cierre de la inscripción de poderes efectuará una revisión de los mismos, verificando que reúnan los requisitos y levantando un acta al respecto dejando constancia de los hechos que observe, indicando el total de poderes válidos y el total de anulados,  ajustándose a lo establecido en la Circular Externa No. 005 de 1996 y/o circular externa No. 010 de 2007 de la Superintendencia del Subsidio Familiar.

11.         Cumplidos los requisitos exigidos, el participante recibirá, el usuario y la clave de acceso que serán enviados al correo electrónico registrado en el momento de realizar la inscripción, los mismos son personales e intransferibles y debe usarlos para poder ingresar a la plataforma dispuesta para la celebración de la Asamblea, la cual se realizará el 15 de abril a partir de las 2:00 P.M.

12.         Usted puede intervenir durante la Asamblea, para lo cual lo debe hacer por escrito a través del chat dispuesto para tal fin, debe identificarse escribiendo su nombre y la empresa a la cual está representando; las preguntas deben referirse únicamente al punto en desarrollo, las respuestas serán dadas por el mismo medio en desarrollo de la Asamblea. Igualmente, de considerarse necesario la presidencia otorgará el uso de la palabra según orden de registro hasta por dos minutos debiendo prender la cámara y micrófono. Finalizado los dos minutos el sistema cerrará la cámara y el micrófono automáticamente.

13.         Previo a cada votación se verificará y publicará el quorum, igualmente se publicará en directo el resultado de cada una de las votaciones.

14.         Los trabajadores delegados por la Secretaría General para las funciones de registro o de inscripción, deberán emitir todos los días a las 6:00 de la tarde, un listado de los Afiliados que hayan efectuado su inscripción o registro, debiéndolo fijar en cartelera y enviar copia por fax o correo electrónico a la Secretaría General. Las direcciones para el registro o inscripción son las siguientes:

Tunja                Carrera 10 No. 16 – 81                                                     Celular 314 411 92 65

Duitama            Calle 14 No. 13 - 69                                                         Celular 320 347 21 55

Sogamoso        Carrera 10 No. 13 – 28                                                      Celular 310 690 11 56

Paipa                Calle 22 No. 20 – 79                                                       Celular 320 347 21 67

Chiquinquirá     Carretera Central del Norte No. 35 – 75 Vía  Tunja    Celular 320 347 21 84

Puerto Boyacá Carrera 2 No. 13 – 33                                                      Celular 314 411 92 72

Guateque          Calle 11 No. 5 - 49                                                           Celular 320 347 21 56

Samacá             Calle 4 No. 5 – 23                                                          Celular 320 347 21 83

Garagoa           Calle 12 No. 8-34                                                         Celular 320 498 85 02

Villa de Leyva   Calle 11 No. 9-13                                                         Celular 310 619 12 19

15.Las proposiciones y varios deben ser presentadas por escrito ante la Secretaria de la Asamblea antes de dicho punto a través del chat habilitado para la participación de los asambleístas.

 

ARTÍCULO SEXTO: La Asamblea elegirá un Consejo Directivo representante de los empleadores, que se hará de la siguiente forma:

 

Los cinco (5) Miembros Principales en representación de los Empleadores con sus respectivos suplentes personales serán elegidos por la Asamblea General mediante el sistema de cociente electoral.

 

En caso de presentarse empate en la votación para la elección de Consejeros Directivos, se preferirá para la designación el afiliado que tenga un mayor número de trabajadores beneficiarios.

 

La inscripción de listas de candidatos de los empleadores para la elección de Consejo Directivo debe hacerse por escrito, contener el nombre de los principales y sus respectivos suplentes personales, llevar la constancia de aceptación de los incluidos en ella, el nombre de la persona jurídica a la cual representan, y el número de identificación en caso de ser personas naturales.

 

Las listas deben inscribirse por lo menos con una antelación de veinticuatro (24) horas a la fecha de la reunión de la correspondiente Asamblea y desde el día siguiente a la publicación realizada, en la Secretaria General de la Corporación.

 

No podrá ser elegido Consejero principal ni suplente, quien no tenga la calidad de miembro afiliado de la Corporación.

 

Los Consejeros elegidos tendrán un periodo institucional de cuatro (4) años, que se empezarán a contar a partir del primero (1) de julio siguiente a la elección, sin embargo, el ejercicio de las funciones requiere la previa posesión en el cargo en los términos del artículo 25 de la ley 25 de 1981, y hasta entonces habrá prórroga automática de quienes estén desempeñándolos.

 

ARTICULO SEPTIMO: La recepción de poderes en cada una de las sedes se iniciará a partir de las ocho (8:00 a.m.) del  día primero (01) de abril y hasta las dos (2:00 p.m.) del catorce (14) de abril de dos mil veinticinco (2025).

 

La siguiente será la línea de atención al Asambleísta, la cual será atendida en días y horario hábil y en la que se dará información sobre la Asamblea General de Afiliados: (608) 7441515 Ext. 1201-1200

 

Dada en la ciudad de Tunja, a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil veinticinco (2025).    


MONICA SCHIBLI PEREZ

Presidente Consejo Directivo

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