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EXPULSIÓN DE EMPRESAS NOVIEMBRE






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22/11/2024


COMFABOY, se permite informar a los representantes legales de las empresas y personas naturales, que se ha dado inicio al proceso de expulsión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 de la ley 21 de 1982 y artículo 21 parágrafo 4 de la ley 789 de 2002. Sin embargo, en acatamiento pleno del debido proceso, especialmente a la Resolución del Consejo Directivo 39 del 29 de octubre de 2019, ARTICULO DECIMO OCTAVO, PARÁGRAFO 1; se conceden quince (15) días hábiles a partir de la publicación de este aviso, para legalizar su situación presentando recurso de apelación ante el director administrativo de “COMFABOY”.


Encuentre en esta publicación el Nit, de la empresa y la ciudad a la que corresponde; más información en el Call Center 608 7441515 Ext 1473.